
CONTRATO TEMPORAL HABITACIONES MAP LIVING
ESTIPULACIONES
PRIMERA: Objeto del contrato.
CLÁUSULA 1. Objeto.
- Mediante la firma del presente Contrato, la arrendadora cede en alquiler a los arrendatarios, exclusivamente las habitaciones que se indican, sin derecho a utilizar el mismo título de arriendo ningún otro dormitorio de la vivienda mencionada en el expositivo I.
- Los arrendatarios declaran conocer y aceptar todas las referidas circunstancias que en la actualidad concurren en las habitaciones arrendadas. Habiendo visitado con anterioridad el piso y declaran el buen estado del mismo, obligándose a conservar todo con la mayor diligencia posible y a abonar los desperfectos que no sean debidos a un uso normal y correcto.
CLÁUSULA 2. Posesión.
- La arrendadora entrega las habitaciones el __ de MES/AÑO a los arrendatarios, y estos aceptan a su conformidad, la posesión de las habitaciones arrendadas, y entran en el inmueble el __ de agosto de MES/AÑO.
CLÁUSULA 3. Destino.
- El inmueble no se arrienda con la finalidad de satisfacer la necesidad permanente de vivienda de los arrendatarios, siendo el domicilio habitual de los arrendatarios el que consta en el encabezamiento del presente contrato, y siendo el motivo del arriendo motivos de estudios, no pudiendo variarse tal uso, sin el consentimiento expreso y por escrito de la arrendadora.
- El incumplimiento de esta obligación será causa bastante de resolución de este contrato.
- Los Arrendatarios se comprometen a respetar las normas de la buena convivencia y a mantener con la propietaria y los otros inquilinos de la vivienda, la limpieza de las zonas comunes.
- Que los arrendatarios manifiestan haber procedido al examen de la habitaciones arrendadas así como del mobiliario en ella incluido, que se corresponde al inventario que se adjunta al presente contrato, así como los servicios comunes a que tienen derecho, reconociendo hallarse en buen estado para su uso y ocupación. Las habitaciones estarán siempre en condiciones de habitabilidad y en cuanto a los elementos generales de la vivienda.
- Será obligación del arrendador mantener en perfecto estado y condiciones las zonas comunes (cocina, pasillos y baño) una vez por semana, debiendo permanecer cuidadas y limpias después de su uso.
- Queda prohibida la entrada de animales de cualquier tipo en la vivienda.
CLÁUSULA 4. Responsabilidad.
- Los Arrendatarios están obligados a cumplir los Estatutos de la Comunidad de Propietarios del Edificio y las normas de convivencia, respetando el descanso de los vecinos, y habitantes de la vivienda especialmente desde las 22:00 h hasta las 08:00 h.
- Los Arrendatarios han visitado con anterioridad el piso y declaran que están en buen estado, obligándose a conservar todo con la mayor diligencia y a abonar los desperfectos que no sean debidos a un uso normal y correcto.
- Al finalizar el contrato, se comprobará que haya habido una correcta conservación del piso y mobiliario. En caso contrario habrá que satisfacer la cantidad necesaria para restituir los daños ocasionados a tal efecto, pudiendo disponer del importe de la fianza como parte del pago de los desperfectos y gastos impagados, y reservándose el Arrendador el derecho a reclamar la diferencia, si el saldo de la fianza fuese insuficiente.
- Siendo Objeto de arriendo EXCLUSIVAMENTE la habitación expresada, la Propietaria conserva su derecho a entrar y salir del piso, por lo que los Arrendatarios se obligan a no cambiar la cerradura de la puerta, pudiendo la misma entrar en el alojamiento/habitación con el fin de enseñar la vivienda a posibles compradores, asímismo, la Propietaria podrá entrar en la habitación en caso de que los arrendatarios no hayan abonado la residencia (mensualidad) en plazo anteriormente indicado, recoger por si misma los enseres personales de los arrendatarios y, recuperar el uso de la habitación.
- Por perdida de llaves abonará su importe correspondiente a 75€ al arrendador.
SEGUNDA: Plazo de vigencia contractual
CLÁUSULA 1. Inicio y duración del contrato.
El inicio de la vigencia del presente contrato comenzará a partir del día __ de MES/AÑO, finalizando sin necesidad de previo aviso el día __ de MES/AÑO.
CLÁUSULA 2. Finalización.
- A la finalización del arriendo, sea cual sea la causa que produzca el mismo (resolución, rescisión o extinción), los arrendatarios deberán dejar la habitación arrendada en el estado en que se encontraba, así como libre de cargas, obligaciones y deudas de cualquier tipo, sin necesidad de previo aviso o requerimiento.
- El presente contrato no podrá ser prorrogado, salvo acuerdo expreso de ambas partes y mediante el otorgamiento de un nuevo contrato de arrendamiento. No implicando por ello la ocupación de la habitación, una vez finalizado el arriendo derecho arrendaticio alguno, ni tácita reconducción del arriendo.
- Serán causa de resolución del presente contrato:
- La falta de pago de la renta o La falta de pago de los suministros y servicios como internet (wi-fi) o La residencia por parte de terceras personas en la habitación arrendada o La utilización de otras habitaciones que no son las de objeto de arrendamiento
- La cesión o subarriendo de la habitación arrendada
- El incumplimiento de cualquiera de los términos del presente contrato
- Cualquiera de las partes podrá rescindir anticipadamente el contrato avisándolo con 30 días de antelación.
TERCERA. Condiciones económicas.
CLÁUSULA 1. Renta.
- La renta del arriendo, que deberán satisfacer los arrendatarios a la arrendadora, queda fijada en la suma de €/mensuales por las tres habitaciones.
CLÁUSULA 2. Devengo de la renta.
- La renta comenzará a devengarse y será exigible a los arrendatarios desde esta misma fecha.
CLÁUSULA 3. Gastos generales y comunes.
- Serán por cuenta y cargo del arrendador los gastos ordinarios de la Comunidad
de Propietarios, así como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que grave la vivienda.
CLÁUSULA 4. Gastos privativos.
En el precio del presente contrato de arriendo no se comprenden los gastos de los suministros de agua, electricidad, y wifi corriendo por parte de los arrendatarios estos suministros de los que esta dotado el inmueble.
CLÁUSULA 5. Forma de pago del alquiler.
El pago del alquiler, o de cualquier otra cantidad que pudiera traer causa en el presente Contrato, se efectuará por adelantado, dentro de los cinco primeros días naturales de cada mes, sin necesidad de previo requerimiento de pago, en efectivo o mediante transferencia bancaria en a nombre de Map Patrimonial S.L., que al efecto designa en este momento el arrendador
Este contrato no tiene validez como justificante de pago del arriendo. Debiendo los arrendatarios enviar un recibo bancario como justificante de pago de cada mensualidad, salvo que el pago se haga mediante transferencia bancaria, en cuyo caso servirá el resguardo validado por la entidad financiera.
CLÁUSULA 6. Fianza.
- Los arrendatarios constituyen fianza legal arrendaticia en este acto por importe de (€) equivalente a mensualidades, mediante transferencia bancaria a la cuanta indicada, sirviendo el presente documento y el justificante bancario como carta de pago de la citada cantidad.
- Resuelto o rescindido el presente contrato, por cualquier causa, o suprimida la obligación legal de constituir fianza, la arrendadora deberá devolver a los arrendatarios el importe de la fianza en un plazo 30 días después de la entrega del inmueble y una vez que se haya revisado el buen estado del inmueble, el pago actualizado de los servicios y el estado de lo indicado en inventario.
CUARTA. Obras y estado de devolución de la habitación.
CLÁUSULA 1. Obras.
- Queda terminantemente prohibida cualquier obra o alteración en el piso, sin previo permiso por escrito de la arrendadora que afecten a la configuración de la vivienda, a sus instalaciones básicas o a los elementos comunes o estructurales de la misma. Quedando asimismo prohibida la entrada de animales en el piso.
- El Arrendador no se hace responsable de los posibles daños que pudieran surgir en los dispositivos eléctricos ajenos enchufados en la red eléctrica del piso.
- Las pequeñas reparaciones producidas por el uso ordinario de la vivienda será
por cuenta de los Arrendatarios
CLÁUSULA 2 Devolución de Vivienda.
- En todo caso, a la finalización del arriendo, los arrendatarios vendrán obligados a entregar la habitación a la arrendadora en el mismo estado de conservación que se lo encontró a la entrega de las llaves, salvo el desgaste propio del uso de la misma, siendo de cuenta y cargo de los arrendatarios la ejecución y coste de cuantas actuaciones, obras e instalaciones, deban efectuarse para conseguir aquel estado.
QUINTA. Cesión y subarriendo.
- Queda prohibida la pernocta en el piso de terceras personas, la contratación de ningún tipo de servicio, así como la cesión PARCIAL o TOTAL de este contrato, sin previo permiso escrito de la propiedad.
SEXTA.- Domicilio a efectos de notificaciones.
A efectos de las notificaciones que hallen su causa en el presente Contrato, las partes señalan como domicilios de notificaciones los reseñados al principio del documento.
Igualmente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 6 las partes señalan expresamente a efectos de realizar las notificaciones previstas en este contrato y la legislación vigente las siguientes direcciones electrónicas y teléfono:
Parte arrendadora: Parte arrendataria: Parte avalista:
SEPTIMA.- Certificado Energético.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios, el arrendador hace entrega en este actos de copia del certificado energético del inmueble objeto del arrendamiento, realizado en 2019 Por el técnico competente.
Las partes para cualquier controversia, discrepancia, se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid,
Y en prueba de conformidad con todo cuanto antecede, firman ambas partes en lugar y fecha indicados.
El ARRENDADOR. LOS ARRENDATARIOS LOS AVALISTAS |
Mediante anexo se hace entrega de Información Básica sobre Protección de Datos conforme al REGLAMENTO EUROPEO 2016/679, y se presta consentimiento expreso para usos con otras finalidades
DOCUMENTO DE INFORMACIÓN GENÉRICO SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos recabados, conforme al RGPD (UE) 679/2016, en este documento serán incluidos en un fichero que se denomina relaciones comerciales, cuyo responsables Map Patrimonial, S. L. CIF: B01681972 y dirección Calle Montera 34, planta 6 puerta 3 - CP 28013 Madrid
Estos datos serán almacenados en dicho fichero durante el tiempo que dure la relación convenida y su finalidad es la gestión de sus datos personales para los tratamientos que usted expresamente acepte marcando la casilla correspondiente prestando su consentimiento.
GESTION PARA COMUNICACIONES COMERCIALES de servicios y productos |
X SI acepto. |
GESTION DE MIS DATOS EN REDES SOCIALES |
SI acepto. |
GESTION DE MIS IMÁGENES Y GRABACIONES |
SI acepto. |
GESTION ADMINISTRATIVA DE MIS DATOS |
SI acepto. |
OTRAS FINALIDADES |
SI acepto. |
La no prestación del consentimiento imposibilitará las gestiones arriba descritas.
El titular de los datos podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión/olvido, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición) dirigiéndose al responsable en la dirección antes indicada o al email hola@mappatrimonial.com, indicando en la comunicación EJERCICIO DE DERECHOS; o bien y con carácter previo a tal actuación, solicitar con las mismas señas que le sean remitidos los impresos que el Responsable del Tratamiento dispone a tal efecto. Podrá dirigirse a la Autoridad de Control competente para presentar la reclamación que considere oportuna.
Por todo ello, para que conste a los efectos oportunos, Vd. muestra su conformidad con todo lo expuesto en esta cláusula detallado.
Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra página web www.mappatrimonial.com. En todo caso ponemos en este acto a su disposición la misma en formato papel.